Desayuno sobre Real Decreto de Envejecimiento Activo y tipos de jubilaciones

El pasado día 27 realizamos en Círculo de Empresarios de Galicia , dentro de las actividades que proponemos desde Círculo de Valor Senior, (CVS),  un interesante desayuno de trabajo sobre este tema.
Aquí transcribo la presentación de uno de sus ponentes, Fabián Valero , de Zeres , y mi agradecimiento por permitirme difundirla, ya que lo considero de máximo interés por la poca información que trabajadores y empresarios parecen tener al respecto, si bien uno ha de dirigirse finalmente a una CAISS o especialista para asesorarse de un caso concreto, y de verdad que no parece sencillo...

LOS DIFERENTES TIPOS DE JUBILACIÓN ACTIVA

Modalidades de jubilación activa tras entrada en vigor de Real Decreto-Ley 5/2013:

•JUBILACIÓN FLEXIBLE
•JUBILACIÓN ACTIVA
•JUBILACIÓN ACTIVA DE PROFESIONALES COLEGIADOS
•JUBILACIÓN PARCIAL DIFERIDA
•JUBILACIÓN PARCIAL ANTICIPADA

LA JUBILACIÓN FLEXIBLE 
Concepto:
Modelo tradicional que permite compatibilizar la pensión de jubilación ya causada ,con un trabajo a tiempo parcial.
La jornada se situará  entre un mínimo de un 25% y un máximo del 50%.
La jubilación flexible es incompatible con la pensión de incapacidad permanente, pero compatible con la prestación de incapacidad temporal.

Minoración de la pensión de jubilación será inversamente proporcional a la reducción aplicada a la jornada de trabajo del pensionista, comparándola con la de trabajador a tiempo completo.
Comunicado el cese de actividad laboral, se procederá a recalcular la pensión.
La intención de acogerse a jubilación flexible deberá comunicarse previamente a la entidad gestora. En caso de no hacerlo se considerará una percepción indebida.

Fabián Valero, en un momento de su intervención

JUBILACIÓN ACTIVA 
CONCEPTO Y CARACTERÍSTICAS
Modelo que permite la compatibilidad de la pensión de jubilación contributiva con el trabajo por cuenta propia o ajena. (Introducida con RDL 5/2013)
•Aplicable a todos los regímenes de Seguridad Social excepto al de clases pasivas del Estado.
•El trabajo compatible puede realizarse a tiempo parcial o a jornada completa.
•La cuantía de la pensión será equivalente al 50 por 100 del importe resultante en el reconocimiento inicial.
•El beneficiario tendrá la consideración de pensionista a todos los efectos.
•Finalizada la relación laboral por cuenta ajena o producido el cese en la actividad por cuenta propia,se restablecerá el percibo íntegro de la pensión de jubilación
REQUISITOS 
Para el trabajador/autónomo:
1. Haber alcanzado la nueva edad legal de jubilación en el momento de solicitar la prestación.
2. El porcentaje aplicable a la base reguladora a efectos de determinar la cuantía de la pensión causada debe alcanzar el 100% (de 2013 a 2019 se exigen 35 años y 6 meses de cotización).
3. La actividad se debe llevar a cabo dentro del sector privado.

Para la empresa:
1.No haber adoptado decisiones extintivas improcedentes en los seis meses anteriores a la solicitud de la compatibilidad, para cubrir puestos del mismo grupo profesional que los afectados por extinción.
2.Mantener el nivel de empleo existente en la empresa durante la vigencia del contrato de trabajo del pensionista en situación de jubilación activa.

JUBILACIÓN ACTIVA DE PROFESIONALES COLEGIADOS
CONCEPTO Y CARACTERÍSTICAS
Es compatible el percibo de la pensión de jubilación con el ejercicio de una actividad colegiada.
Situación transitoria,mientras no se apruebe el nuevo marco legal.
Será preciso que el profesional que trabaja por cuenta propia esté incorporado a la Mutualidad de Previsión Social constituída en el Colegio como alternativa a RETA.
REQUISITOS (se debe cumplir al menos uno de los dos)
•Pensión de jubilación venía compatibilizándose con ejercicio de actividad profesional colegiada antes de 01/07/2011
•Haber cumplido 65 años de edad antes de 01/07/2011.

JUBILACIÓN PARCIAL DIFERIDA 
CONCEPTO
Modalidad que permite a los trabajadores por cuenta ajena y en activo reducir su jornada y salario,compaginando la percepción de una jubilación parcial con los ingresos procedentes de su actividad.
Será preciso la existencia de un acuerdo previo con el empresario.
La celebración de un contrato de relevo en estos casos es voluntaria.

•Exclusivamente para trabajadores por cuenta ajena, a tiempo completo o parcial. Autónomos excluídos.
•Haber cumplido la edad ordinaria de jubilación, sin reducciones ni bonificaciones.
•Poseer todos los requisitos para obtener una pensión de jubilación contributiva, debiendo acreditar el periodo de carencia exigido.
•Pactar el empresario y el trabajador una reducción de jornada y salario entre un mínimo de un 25% y un máximo del 50%.

JUBILACIÓN PARCIAL ANTICIPADA 
CONCEPTO
Modalidad que permite a los trabajadores por cuenta ajena y en activo reducir su jornada y salario,compaginando la percepción de una jubilación parcial con los ingresos procedentes de su actividad.
Será preciso la existencia de un acuerdo previo con el empresario.
La celebración de un contrato de relevo en estos casos es obligatoria.

•Exclusivamente para trabajadores a tiempo completo. Autónomos y fijos discontínuos excluídos.La condición de trabajador a tiempo completo debe acreditarse en el momento del hecho causante.
•Edad: Dependerá de los periodos cotizados en el momento del hecho causante, pero siempre anterior a la edad ordinaria de jubilación.
•Antigüedad: Acreditar prestación de servicios en una empresa durante un período mínimo que abarque los 6 años inmediatamente anteriores a la fecha de jubilación parcial.

•Reducción de jornada : Mínimo 25% y máximo del 50%. Ampliable hasta 75% si relevista es contratado a jornada completa y con carácter indefinido.
•Periodo de carencia: Al menos 33 años de cotización efectiva. Excepciones en caso de personas con discapacidad.
•Cotización: Durante jubilación parcial anticipada empresa y trabajador  cotizan por la base que, en su caso, hubiera correspondido de seguir el trabajador prestando servicios a jornada completa.

Algunos voluntarios de Círculo de Valor Senior con los dos ponentes, Fabián y Marta, representante del INSS


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